La respuesta corta
La norma estatal no habla de porcentajes por instrumento: habla de criterios. El examen, la rúbrica o la lista de control solo recogen pruebas sobre criterios; lo que se califica es el grado de logro de cada criterio.
Cuánto pesa cada criterio lo decide tu comunidad o, si no dice nada, tu departamento en la programación: el Ministerio pide que la programación incluya «criterios de calificación». Andalucía lo cierra: dentro de cada competencia específica, todos los criterios valen lo mismo.
En el acta estatal de Primaria y ESO va un término (IN, SU, BI, NT, SB) y en Bachillerato un número de cero a diez; Madrid añade el número en ESO y Cataluña usa sus propios niveles de logro. Antes de rehacer tu hoja de cálculo, mira la norma de evaluación de tu comunidad: ahí está la respuesta exacta.
Cómo se expresa la nota de EF según la norma
| Norma | Etapa | Cómo se expresa | ¿Peso de los criterios? |
|---|---|---|---|
| Estado (RD 157/2022) | Etapa: Primaria | Cómo se expresa: IN, SU, BI, NT, SB | ¿Peso de los criterios? No lo fija |
| Estado (RD 217/2022) | Etapa: ESO | Cómo se expresa: IN, SU, BI, NT, SB | ¿Peso de los criterios? No lo fija |
| Estado (RD 243/2022) | Etapa: Bachillerato | Cómo se expresa: Número de 0 a 10 sin decimales; negativo por debajo de 5 | ¿Peso de los criterios? No lo fija |
| Ministerio, Ceuta y Melilla (Orden EFP/754/2022) | Etapa: ESO | Cómo se expresa: IN, SU, BI, NT, SB | ¿Peso de los criterios? La programación debe incluir criterios de calificación |
| Andalucía (Orden 30-5-2023) | Etapa: Primaria, ESO y Bachillerato | Cómo se expresa: Términos en acta; en ESO y Primaria, boletín con número (IN 1-4, SU 5, BI 6, NT 7-8, SB 9-10) | ¿Peso de los criterios? Todos los criterios de una competencia específica valen lo mismo |
| Madrid (Decreto 65/2022) | Etapa: ESO | Cómo se expresa: Número de 1 a 10 sin decimales y término (IN 1-4, SF 5, BI 6, NT 7-8, SB 9-10) | ¿Peso de los criterios? No lo fija en el decreto |
| Cataluña (Decret 175/2022) | Etapa: Primaria y ESO | Cómo se expresa: AE, AN, AS, NA; en acta: excel·lent, notable, bé, insuficient | ¿Peso de los criterios? No lo fija en el decreto |
Fuente: RD 157/2022 art. 26.2; RD 217/2022 art. 31.2; RD 243/2022 art. 30.2; Orden EFP/754/2022 art. 37.3; Orden de 30-5-2023 de Andalucía (ESO) arts. 11.5 y 13.6; Decreto 65/2022 de Madrid art. 25.3-25.4; Decret 175/2022 de Cataluña art. 29.2-29.3. Artículos citados, texto literal leído el 3-11-2026. Abrir la fuente (se abre en otra pestaña)
Lo que dice la norma
11 textos oficiales, tal cual
Texto consolidado del BOE y de los boletines autonómicos, leído el 3 de noviembre de 2026.
Primaria, artículo 26.2
«Los resultados de la evaluación se expresarán en los términos siguientes: «Insuficiente (IN)», para las calificaciones negativas y «Suficiente (SU)», «Bien (BI)», «Notable (NT)», o «Sobresaliente (SB)», para las calificaciones positivas.»
ESO, artículo 31.2
«Los resultados de la evaluación se expresarán en los términos «Insuficiente (IN)», para las calificaciones negativas; «Suficiente (SU)», «Bien (BI)», «Notable (NT)», o «Sobresaliente (SB)» para las calificaciones positivas.»
Bachillerato, artículo 30.2
«Los resultados de la evaluación reflejados en estas actas se expresarán mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas las calificaciones inferiores a cinco.»
Ministerio, artículo 17.2: lo que incluyen las programaciones didácticas
«c) Procedimientos e instrumentos para la evaluación de los aprendizajes del alumnado. d) Criterios de calificación.»
En el artículo 37.3, los mismos términos que el real decreto, sin número. Esta orden solo rige en Ceuta y Melilla, pero es el desarrollo del Ministerio y sirve de referencia.
Orden EFP/754/2022 (Ceuta y Melilla) (se abre en otra pestaña)
Andalucía, artículo 11.5
«Los criterios de evaluación contribuyen, en la misma medida, al grado de desarrollo de la competencia específica, por lo que tendrán el mismo valor a la hora de determinar su grado de desarrollo.»
La misma regla está en la orden de Primaria (artículo 10.5) y en la de Bachillerato (artículo 13.5), las dos del 30 de mayo de 2023.
Orden de 30 de mayo de 2023, ESO (Andalucía) (se abre en otra pestaña)
Andalucía, artículo 13.6 (boletín para las familias)
«Insuficiente (IN): 1, 2, 3 o 4. Suficiente (SU): 5. Bien (BI): 6. Notable (NT): 7 u 8. Sobresaliente (SB): 9 o 10.»
Orden de 30 de mayo de 2023, ESO (Andalucía) (se abre en otra pestaña)
Andalucía, artículo 14.3
«Esta calificación ha de ser establecida tomando como referencia la superación de las competencias específicas de la materia. Para ello, se tendrán como referentes los criterios de evaluación, a través de los cuales se valorará el grado de consecución de las competencias específicas.»
Orden de 30 de mayo de 2023, ESO (Andalucía) (se abre en otra pestaña)
Comunidad de Madrid, artículo 25.3
«La evaluación de las competencias específicas de cada materia o ámbito se calificará con valores numéricos entre uno y diez puntos sin decimales.»
Decreto 65/2022, ESO (Comunidad de Madrid) (se abre en otra pestaña)
Comunidad de Madrid, artículo 25.4
«[…] se indicará insuficiente (IN) para las calificaciones con valores entre uno y cuatro, suficiente (SF) para la calificación con valor cinco, bien (BI) para la calificación con valor seis, notable (NT) para las calificaciones con valores siete u ocho y sobresaliente (SB) para las calificaciones con valores nueve o diez.»
El boletín dice «SF», no «SU». Leímos la versión publicada en 2022; no hemos comprobado si se ha modificado después.
Decreto 65/2022, ESO (Comunidad de Madrid) (se abre en otra pestaña)
Cataluña, article 24.1
«L'avaluació dels processos d'aprenentatge de l'alumnat en les diferents àrees, matèries o àmbits, tant en el seu vessant formatiu com en el qualificador, ha de tenir el seu referent en els criteris d'avaluació corresponents a les diferents competències específiques.»
Decret 175/2022 (Cataluña)
Cataluña, article 29.2
«[…] en els termes següents: assoliment excel·lent (AE), assoliment notable (AN), assoliment satisfactori (AS) o no assoliment (NA).»
En el artículo 29.3, para las actas oficiales: AE equivale a excel·lent, AN a notable, AS a bé y NA a insuficient. Leído en el texto consolidado con vigencia desde el 8 de enero de 2025.
Decret 175/2022 (Cataluña)
Lo que dicen los estudios
- Las confusiones más habituales al pasar de la evaluación a la nota: confundir evaluación formativa con calificación continua, no fijar los criterios de antemano, no ligar cada procedimiento con su instrumento y no garantizar un paso pedagógico de la evaluación a la nota (Hortigüela-Alcalá et al., 2019).
- Calificar el esfuerzo y la ropa y los tests de condición física han sido formas habituales de evaluar en EF, según una revisión internacional (López-Pastor et al., 2013).
Fuentes
2 estudios
Si solo hemos leído el resumen o el manuscrito de autor, lo decimos.
- Hortigüela-Alcalá D, Pérez-Pueyo Á, González-Calvo G (2019). Pero… ¿a qué nos referimos realmente con la evaluación formativa y compartida?: confusiones habituales y reflexiones prácticas. Revista Iberoamericana de Evaluación Educativa. 2019;12(1). DOI 10.15366/riee2019.12.1.001 (se abre en otra pestaña) Leído: resumen.
- López-Pastor VM, Kirk D, Lorente-Catalán E, MacPhail A, Macdonald D (2013). Alternative assessment in physical education: a review of international literature. Sport, Education and Society. 2013;18(1):57-76. DOI 10.1080/13573322.2012.713860 (se abre en otra pestaña) Leído: resumen.
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